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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355069
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3139
CADUCIDAD DE LA INSTANCIA (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3139
Aun estando citados los interesados para sentencia, deben hacer su promoción, para no incurrir en la caducidad de la instancia, es decir, presentar escritos solicitando que se dicte la sentencia respectiva.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6496/38. González Suárez José María. 12 de marzo de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.