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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355086
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3309
TESTAMENTOS, DECLARACION DE NULIDAD DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3309
No puede decirse que se aplique inexactamente la fracción I del artículo 3479 del Código Civil, por no haberse declarado nulo un testamento, en virtud de haber fallecido la esposa del testador antes que éste, y tener ella el carácter de legataria, en virtud de las pensiones alimenticias que se le asignaron.
Precedentes
Amparo civil directo 3039/36. Gudiño y Palomares María Cruz y coaga. 14 de marzo de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.