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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355099
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3509
NULIDAD, EFECTOS DE SENTENCIAS PENALES EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3509
La existencia de una sentencia penal absolutoria, en favor de una persona acusada de fraude, consistente en la venta de un bien ajeno, no impide que la autoridad civil, en juicio distinto, haga consideraciones sobre la situación jurídica de dicho bien, con respecto a la persona absuelta.
Precedentes
Amparo civil directo 2263/39. García Ana María y coags. 16 de marzo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Alfonso Pérez Gasga. La publicación no menciona el nombre del ponente.