Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/355101
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355101
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3509
REIVINDICACION, PRELACION DEL REGISTRO EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3509
La prelación en el Registro Público, en caso de reivindicación, sólo es de tomarse como factor decisivo cuando ambas partes se fundan en títulos que reúnen todas las condiciones de validez; pero cuando los títulos de una de las partes, adolecen de nulidad, dicha prelación no tiene significación, porque las inscripciones relativas, no sirven para demostrar la propiedad, según lo ha declarado la Suprema Corte.
Precedentes
Amparo civil directo 2263/39. García Ana María y coags. 16 de marzo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Alfonso Pérez Gasga. La publicación no menciona el nombre del ponente.