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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
355115
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3596

APELACION, NO ES IMPROCEDENTE EL AMPARO CONTRA LA RESOLUCION QUE DECLARA DESIERTO EL RECURSO DE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3596

Precedentes

Queja en amparo civil 735/39. Figueroa José. 18 de marzo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 78 cuarta tesis relacionada con la jurisprudencia 47, de rubro "AMPARO IMPROCEDENTE.".
Registro digital (IUS): 355115