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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355129
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3658
AMPARO, OPORTUNIDAD PARA INTERPONERLO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3658
Si una persona no ha sido parte en un juicio y no tuvo capacidad para interponer recurso alguno en el mismo, es indudable que el perjuicio necesario para pedir amparo, no existió sino hasta cuando se ejecutaron los actos que se hacen derivar de la sentencia dictada en el juicio en que no fue parte.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7108/39. Castilla Enrique y coag. 20 de marzo de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.