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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355140
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3747
APELACION, SUSPENSION CON MOTIVO DE LA ADMISION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3747
Si se reclama en amparo la resolución del tribunal de alzada, que declaró legal la admisión del recurso de apelación, la suspensión debe negarse, puesto que el procedimiento es de orden público, y si se concediera, sus efectos se traducirían en la paralización de la tramitación del recurso de apelación.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8898/39. Espinosa García David. 21 de marzo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.