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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355162
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3926
FIANZA EN AMPARO, MONTO DE LA, EN CASO DE INTERVENCION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3926
La Suprema Corte de Justicia ha sentado jurisprudencia en el sentido de que tratándose de quejas sobre insuficiencia de la garantía, toca probar tal insuficiencia al que la alega, y que solamente deben ser declaradas fundadas dichas quejas, cuando notoriamente resulte insuficiente la garantía. Ahora bien, si se reclama en amparo directo la sentencia que declaró procedente una tercería excluyente de dominio, respecto a una parte de los bienes inmuebles, secuestrados en un juicio ejecutivo, el efecto de la suspensión consiste en que permanezcan embargados los bienes raíces hasta que se dicte resolución, en cuando al fondo del amparo. Ahora bien, si se trata de fincas rústicas, y el embargo fue practicado en forma de intervención; teniendo, por tanto, el depositario, el carácter de mero interventor con cargo a la caja, vigilando la contabilidad, inspeccionando el manejo de las fincas, las operaciones que en ellas se verifiquen, a fin de que éstas den el mayor rendimiento posible, etcétera, y rindiendo la cuenta mensual de su administración, y atenta la calidad de los bienes, no existen posibilidades de que puedan desaparecer los daños y perjuicios que puede ocasionar la suspensión a los terceros perjudicados, deben estimarse en el interés de 6% anual, si ese tipo está determinado de antemano, sobre el valor de los inmuebles en tres años.
Precedentes
Queja en amparo civil 565/39. Bustamante Luis Felipe. 25 de marzo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.