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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355173
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 4283
APELACION, SUSPENSION CON MOTIVO DE RESOLUCION QUE DESECHA EL RECURSO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 4283
Si se reclama en amparo la resolución que desechó el recurso de apelación que se hizo valer contra la resolución de primera instancia, que declaró que no procedía el incidente de excepciones, que sobre falta de personalidad, propuso el demandado, la suspensión debe negarse, por tratarse de actos típicamente negativos, sin efectos positivos, susceptibles de suspenderse.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 9163/39. Dillarza Isabel. 30 de marzo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.