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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355222
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 549
CONTRATOS, ESTUDIO DE LOS, EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 549
Los Jueces de Distrito no están facultados para estudiar en la vía de amparo la validez o nulidad de un contrato, la que sólo puede ser declarada en el juicio correspondiente, ante las autoridades judiciales del orden común.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3173/37. Martínez Frontalva Adolfo. 10 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava parte, Común, página 303, tesis 187, de rubro "LITIS CONSTITUCIONAL , MATERIA DE LA.".