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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355233
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 701
ACTOS NEGATIVOS CON EFECTOS POSITIVOS, CONTRA ELLOS PROCEDE LA SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 701
Si se reclama en amparo la resolución que se niega a revocar una anterior, que desechó por extemporánea la excepción de pago opuesto en un juicio ejecutivo mercantil, al no revocarse la resolución recurrida, ésta quedó firme; y si en ella se ordenaba al quejoso que exhibiera los bienes embargados que conservaba como depositario, para valorizarlos, y esos bienes están inmovilizados por ser la maquinaria que el quejoso utiliza en una industria, con ejecución del acto reclamado se puede causar perjuicio de difícil reparación al quejoso, y procede conceder la suspensión mediante fianza.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2118/39. Hernández Felícitas. 13 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez S. La publicación no menciona el nombre del ponente.