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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
355261
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 991

AMPARO IMPROCEDENTE POR NO EXISTIR PERJUICIO.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 991

Precedentes

Amparo civil en revisión 2678/38. Talamás Elías J. 21 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Sabino M. Olea no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 355261