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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355266
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1055
ACTUACIONES, VALIDEZ DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1055
Si unas actuaciones, entre las que hay una sentencia ejecutoriada, que contiene una verdad legal, fueron tomadas en cuenta por el Juez a quo y después por el tribunal de alzada, no fueron menguadas en su valor jurisdiccional, por una contrademanda, es evidente que mientras tal cosa no suceda, y no haya sentencia firme que les reste valor probatorio, tienen que producir fe en juicio y fuera de él.
Precedentes
Amparo civil directo 2882/39. Compañía Agrícola y Colonizadora Veracruzana, S. A. 23 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.