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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355322
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1686
INSOLVENCIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1686
La demostración de la insolvencia de una persona, requiere la comparación del valor entre los bienes que posee y las deudas o responsabilidades que tenga, para lo que previamente es necesario fijar el monto de dicha responsabilidad o de sus deudas.
Precedentes
Amparo civil directo 3706/38. Pallás de Duque María Esther. 1o. de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Sabino M. Olea no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Luis Bazdresch.
Quinta Epoca:
Tomo LXII, página 3879. Indice Alfabético. Amparo directo 3704/38. Pallás Solana Leopoldo. 1o. de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Sabino M. Olea no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Luis Bazdresch.