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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355366
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 2303
PRUEBA TESTIMONIAL EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 2303
Conforme al artículo 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio de la Ley de Amparo, las preguntas de los interrogatorios formulados a los testigos, deben contener solamente un hecho; y es legal la resolución del Juez de Distrito que desecha las preguntas que contienen varios hechos, como sucede, si tratándose de la posesión, se dice en una sola pregunta: "diga el testigo si la posesión que disfruta el que lo presenta, es de una manera quieta, continua y pública y la tiene en calidad de propietario"; ya que aunque se pretenda que esos hechos son modalidades de la posesión, para el efecto legal que se persigue, son hechos diversos de la posesión.
Precedentes
Queja en amparo civil 417/39. Rodríguez Mora Rafael. 13 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro José M. Ortiz Tirado no intervino. La publicación no menciona el nombre del ponente.