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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355389
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 2534
COMPETENCIA POR DECLINATORIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 2534
Como la cuestión de competencia que envuelve la excepción de declinatoria, no es meramente jurisdiccional, supuesto que se refiere a autoridades de orden diferente, cuya órbita de atribuciones es distinta, la resolución de tal cuestión de competencia, sí tiene ejecución real e irreparable, en las personas o en las cosas y, por tanto, el amparo contra ella no es notoriamente improcedente y debe admitirse la demanda respectiva.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7228/39. "La Giralda", S. A. 17 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Sabino M. Olea no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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