Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/355459
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
355459
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 3503

HIJOS NATURALES, RECONOCIMIENTO DE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 3503

Precedentes

Amparo civil en revisión 971/36. Jácome Jacinta y coagraviado. 9 de diciembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Agustín Aguirre Garza no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo XVI, página 808. Amparo civil en revisión 3928/23. Zazueta Delfino y coag. 7 de abril de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, página 477, cuarta tesis relacionada con la jurisprudencia 158, de rubro "HIJOS NATURALES, CONTRA QUIEN PROCEDE LA ACCION DE NULIDAD DE ACTA DE RECONOCIMIENTO DE.".
Registro digital (IUS): 355459