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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355484
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 71
ACCION REIVINDICATORIA, ELEMENTOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 71
La condición peculiar de los juicios reivindicatorios, requiere el examen integral de la prueba de dominio, en el concepto de que si el actor exhibe determinados documentos o probanzas que tiendan a demostrarlo, la parte demandada, a su vez, puede también presentar otras mejores, caso en el que la reivindicación es improcedente; pero si la situación es inversa, debe ordenarse la restitución, debiendo tenerse en cuenta, además, que si en la prueba del demandado concurren algunos testigos, tiene que verse sobre que hechos declaran, pues si lo hacen simple y llanamente respecto a actos posesorios de la parte, sus dichos son inconducentes, porque no puede suplirse de ningún modo, con declaraciones verbales, la falta o deficiencia de un título que debe ser escrito, por disposición de ley expresa, a menos de que el demandado hubiese opuesto la excepción de prescripción, caso en el que la posesión constituye, por si misma, el título de propiedad.
Precedentes
Amparo civil directo 6001/35. Lozano Abell Benito y coagraviada. 5 de julio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente.