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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355485
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 71
PROPIEDAD, PRESUNCION DE LA ( LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 71
No puede desestimarse sin causa legal perceptible, la preeminencia de derechos que otorga el artículo 2899 del Código Civil de Coahuila, en favor de los títulos inscritos en el Registro Público de la Propiedad, pues tal precepto otorga a la institución del registro, por su función de publicidad, en efecto de presunción de titularidad, que debe tomarse en cuenta para resolver una cuestión de propiedad.
Precedentes
Amparo civil directo 6001/35. Lozano Abell Benito y coagraviada. 5 de julio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente.