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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355490
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 103
APELACION EXTRAORDINARIA, LEGAL INTERPOSICION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 103
Desechada una apelación extraordinaria, porque no se ha exhibido la copia que previene la ley, si el quejoso está en tiempo, puede interponer de nuevo dicha apelación, llenando el requisito omitido en su promoción anterior, y como se trata de un nuevo escrito interponiendo tal recurso, cumpliendo con el requisito omitido en el primeramente intentado, no puede estimarse que la autoridad judicial ya ha calificado el grado, cuando tal calificación la hizo respecto del primer escrito en que se hizo valer el recurso citado.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6574/36. Duarte viuda de Peón del Valle Concepción. 5 de julio de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.