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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355511
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 590
CERTIFICACIONES OFICIALES SOBRE LA DESTRUCCION DE ARCHIVOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 590
Si los archivos, protocolos y registros de un juzgado, fueron destruidos por incendio, y este hecho fue certificado por el secretario del propio juzgado, no puede estimarse que dicha certificación se haya hecho al margen de las facultades del citado funcionario, cuando es a éste a quien se encuentra encomendado el archivo del propio juzgado, y su certificación debe admitirse con valor probatorio pleno, acreditado el hecho a que la misma se contrae.
Precedentes
Amparo civil directo 6829/35. Olmos viuda de Valenzuela Herlinda. 12 de julio de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.