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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
355529
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 923

NULIDAD DE LO ACTUADO.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 923

Precedentes

Amparo civil directo 1629/37. Morales de Córdoba Enriqueta, sucesión de. 21 de julio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga, no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Parte, Tomo XXV, página 1447, tesis de rubro "NULIDAD DE LO ACTUADO.". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, página 575, tesis 191, de rubro "NULIDAD.".
Registro digital (IUS): 355529