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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355533
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 931
LEGADOS, NATURALEZA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 931
El albacea de una sucesión no tiene derecho a objetar los precios y extensiones de unos lotes en que se divide un legado, por ser ello cuestión que sólo interesa a los mismos legatarios, y si en el proyecto de partición y adjudicación de los bienes hereditarios, no se incluyen todos los bienes o se hacen aparecer con menor extensión, esto no perjudica a los herederos, porque es notorio que no puede perjudicarles un aumento en el valor de los bienes de la herencia, y menos cuando los pagos fiscales y demás gastos de la sucesión, sólo pueden tener como base el importe que arrojen los inventarios y avalúos generales del juicio, que en materia fiscal se fijan de acuerdo con las oficinas respectivas y sin que en ello intervengan el valor ni extensiones que se hubieren fijado a los bienes materiales del legado, que son objeto del proyecto particular de división, independientemente de las garantías que pueden exigirse a los legatarios, para esa misma finalidad.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5548/38. Anguiano viuda de Brizuela Antonia. 21 de julio de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.