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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355541
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1240
MANDATARIOS, CONVENIOS CELEBRADOS POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1240
Si a una persona se le examina como director de una empresa y conviene en tener tal carácter, y haber recibido de su poderdante determinadas instrucciones para realizar un contrato, es evidente que para hacer tal confesión no necesita poder o cláusula especial, porque la misma se refiere a un hecho personal, independiente del todo, de los efectos jurídicos que pudieran tener esas instrucciones para que, en su uso o en el de las facultades que con las mismas se le hubieren conferido, pudiera, o no obligar a la empresa.
Precedentes
Amparo civil directo 807/38. The Mazapil Cooper Company Ltd. 26 de julio de 1939. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.