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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355547
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1374
SOBRESEIMIENTO, PROCEDENCIA DEL, POR NO ACREDITAR EL QUEJOSO SU POSESION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1374
Si el quejoso en amparo no acredita efectivamente la posesión de la casa y objetos a que se refiere su petición de amparo, no puede tenerse como acreditado legalmente, su interés jurídico para reclamar la entrega del inmueble a un nuevo depositario, nombrado en el juicio respectivo, circunstancia por la que es pertinente sobreseer por causa de improcedencia.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7960/37. Brunel Juan B. 28 de julio de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.