Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/355618
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355618
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2731
CADUCIDAD DE LA INSTANCIA, AMPARO CONTRA LA NEGATIVA A DECLARARLA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2731
La negativa a declarar caduca una instancia, aunque en realidad no sea, no puede reclamarse en amparo, anticipadamente a la sentencia definitiva, porque aquella constituye una violación reparable en la propia sentencia, y consiguientemente, el interesado debe reclamar con oportunidad la reparación del agravio, y protestar, en su caso contra la sentencia que niega tal reparación, reservándose promover la controversia constitucional, cuando dictada la sentencia definitiva, la autoridad le imponga una molestia en su persona o patrimonio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6112/38. Enríquez Matilde. 16 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXV Cía Vidriera De Toluca, S. A. 3670. 4 Votos. Tomo L Caballero Tomias. 252 5 V. Tomo LXI García Juan M. 3501 4 V.