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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355619
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2737
EMBARGO, REGISTRO DEL, EFECTOS DE LA SUSPENSION TRATANDOSE DE REVALIDAR AQUEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2737
Si se reclama en amparo la revalidación del registro de un embargo, los efectos de esos actos son: el anuncio del remate de los bienes embargados; la aprobación de aquél y, como consecuencia inmediata y necesaria, el otorgamiento de la escritura de traslación de dominio o de adjudicación al postor: su registro y la posesión de los bienes a la persona en quien se finque el remate; y como lo que es materia de la suspensión no es exacto el acto reclamado en sí mismo, sino los efectos que produce conceder la suspensión previa fianza, respecto de la aprobación definitiva del remate.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 211/39. Balda viuda de Sapién Carmen. 16 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Garza Cabello.