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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355624
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2811
ALIMENTOS, PROCEDENCIA DE LA ACCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2811
La mera comprobación del matrimonio, es ineficaz para demostrar los elementos constitutivos de la acción alimenticia, pues aun cuando la existencia del vínculo matrimonial no esta desvirtuada ni puesta en tela de juicio, las disposiciones de la ley civil previenen que, a pesar de la subsistencia del matrimonio, el marido esta legalmente exento de la obligación de pagar alimentos a la mujer, cuando esta es la culpable de la separación en que ambos viven.
Precedentes
Amparo civil directo 2245/37. Hernández de Juárez Julia. 17 de agosto de 1939. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis Bazdresch y Sabino M. Olea. la publicación no menciona el nombre del ponente.