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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355630
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2839
SENTENCIAS EJECUTORIAS, CASOS EN QUE PROCEDE LA SUSPENSION TRATANDOSE DEL CUMPLIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2839
Si se reclama en amparo la resolución judicial que desechó la oposición hecha valer por el demandado en un juicio, por desocupación y pago de rentas y que prosiga la ejecución, alegando el propio quejoso que aun cuando se trata de cumplimiento de una sentencia, se le afecta en la nueva situación que guarda como arrendatario del inmueble que ocupa, en virtud del contrato que celebró con el Ayuntamiento del lugar, actual propietario de la finca, pues el antiguo propietario, que es el tercero perjudicado, fue expropiado del inmueble, y que por ese motivo la sentencia que pretende ejecutarse, ya no puede tener efecto alguno, razón por la cual se opuso a la ejecución, como esa nueva situación de derecho que alega el agraviado, hace que no se afecte el interés general si se concede la suspensión, debe concederse ésta, con el requisito de fianza, por los perjuicios que pudieran irrogarse a terceros.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 3017/39. Joaquín Engton y Compañía. 17 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.