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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355633
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2958
REMOCION, INEXISTENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2958
Solamente puede decirse que hay remoción de un cargo, cuando se sustituye a la persona que lo está desempeñando, por otra de nuevo nombramiento, o sea, para que exista remoción, es necesario que la persona que sea removida, haya dejado de ejercer sus funciones, pues si esto ocurre, se podrá decir que se le retiró el nombramiento, o el que se le había extendido no produjo efectos o fue cancelado, pero no que exista una verdadera remoción.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3817/37. Adame Vicente. 18 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.