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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355643
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3118
COSTAS, COMPROBACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3118
No por el hecho de que el demandado al pago de costas, no objete que quien las cobra haya intervenido en todas las diligencias del juicio de que emanan, debe tenerse por demostrada la existencia de todos los trabajos a que se refieren las partidas especificadas en la planilla respectiva.
Precedentes
Amparo civil directo 359/36. Fuentes Luis G. 21 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch, no intervino en la resolución de este negocio por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.