Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/355648
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355648
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3134
INFORME DE UNA AUTORIDAD COMO PRUEBA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3134
Es improcedente el agravio consistente en que no se tomó en consideración la prueba consistente en el informe pedido a una autoridad, si no consta que quien lo ofreció, haya insistido en que la autoridad respectiva pidiera dicho informe a quien correspondía.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7698/38. Suárez Antonio. 21 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch, no intervino en la discusión de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.