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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355659
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3197
VIOLACIONES INFUNDADAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3197
No puede decirse que se violan determinados artículos de una ley, si la materia que éstos rigen, no ha sido objeto de controversia.
Precedentes
Amparo civil directo 2865/30. Gómez Bernardino y coagraviado. 22 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no intervino, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.