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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355671
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3390
DOMICILIO CONYUGAL, ABANDONO DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3390
Es indudable que cuando existe anuencia para la separación de dos cónyuges, es necesario que se pruebe el requerimiento de uno de ellos para volver al domicilio conyugal, como demostración de que ya no hay anuencia para vivir separados, pero para que sea necesario dicho requerimiento, primero se necesita probar el hecho, como antecedente, de la separación autorizada.
Precedentes
Amparo civil directo 454/38. Berndez y Bosch Graziella. 24 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no votó por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.