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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355672
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3390
DOMICILIO CONYUGAL, ABANDONO DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3390
Aunque el marido haya confesado que situaba fondos a su mujer, pero que lo hizo para cumplir su obligación de alimentar a los hijos y que si cruzó correspondencia con la esposa, fue en relación con lo que ella le exigía en dinero para admitir el divorcio que le había propuesto, no se obra ilegalmente al no dividir la confesión y sostener que el simple hecho del envío de fondos, no basta para probar la autorización de vivir separada del hogar conyugal, alegada como defensa en contra de la acción de abandono del domicilio conyugal, propuesta por el marido.
Precedentes
Amparo civil directo 454/38. Berndez y Bosch Graziella. 24 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no votó por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.