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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355684
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3501
CADUCIDAD DE LA INSTANCIA, NEGATIVA A DECLARARLA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3501
La negativa para declarar caduca una instancia, no puede reclamarse anticipadamente a la sentencia definitiva, porque constituye una violación reparable en la propia sentencia y, por consecuencia, el interesado debe reclamar oportunamente la reparación del agravio y protestar, en su caso, contra la sentencia que niegue aquélla, reservándose para promover controversia constitucional, cuando, dictada la sentencia definitiva, se imponga en ésta una molestia al interesado, en su persona o patrimonio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8144/38. García Juan M. 25 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.