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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355701
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3887
PRUEBA DOCUMENTAL EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3887
El telegrama que obra en un juicio de amparo, remitido como informe por una de las responsables, y no objetado, hace prueba plena, en contra de su autor, de acuerdo con el artículo 338 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Amparo civil en revisión 732/38. Compañía Concesionaria Mexicana, S. A. 31 de agosto de 1939. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis Bazdresch. Disidente: Franco H. Ruiz. La publicación no menciona el nombre del ponente.