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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355705
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3906
ALBACEAS, RECURSOS EN CONTRA DE SU REMOCION (LEGISLACION DE PUEBLA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3906
Como el artículo 1458 del Código de Procedimientos Civiles, establece el recurso de queja contra la resolución que remueva a un albacea o denegue su remoción, sin especificar las causas que la ameriten, debe entenderse que ya se trate de extinción del término legal o de alguna falta que legalmente baste para la remoción del albacea, el recurso que procede contra la resolución relativa, es el de queja.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5521/38. Cuautli Leoncio. 31 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no asistió, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.