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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
355763
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4616

AMPARO ANTE EL SUPERIOR DEL TRIBUNAL QUE COMETE LA VIOLACION.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4616

Precedentes

Amparo civil en revisión 6695/34. Lastra y Arriba José Manuel Damián. 18 de septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga no intervino en la resolución de este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 355763