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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355783
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4783
ARRENDAMIENTO DE PREDIOS RUSTICOS (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4783
Los semestres que para el pago de la renta estatuye el artículo 2388 del Código Civil del Estado de Veracruz, deben contarse a partir de la fecha del contrato respectivo, esto es, la renta debe ser cubierta por semestres vencidos, a partir de la fecha del contrato.
Precedentes
Amparo civil directo 9030/38. García Casimiro. 21 de septiembre de 1939. Mayoría de tres votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.