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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355790
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4885
REPARACION CONSTITUCIONAL, NATURALEZA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4885
El recurso de reparación constitucional sólo se ha establecido como un medio de preparar el juicio de garantías, en los casos que la ley determina especialmente, razón por la que es indebido aplicarlo como recurso ordinario, o medio de revocación de toda clase de resoluciones judiciales, ya que de ser así, un mero procedimiento auxiliar del juicio de amparo, tendría mayores efectos que el mismo juicio, sin garantías del procedimiento que, para tramitar éste, señala la ley.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3996/35. Compañía Ganadera Textil de Cedros, S. A. 23 de septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch, no intervino en la resolución de este negocio, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.