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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355830
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 220
REMATE, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LAS VIOLACIONES EN EL PROCEDIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 220
Si contra la aprobación de un remate se interpone el recurso de alzada y por omitir el recurrente señalar constancias para integrar el testimonio que debía remitirse al superior y a petición del colitigante se tiene por desierto dicho recurso y esta resolución queda firme, es indudable que las violaciones que pudieran haberse cometido con anterioridad, en el procedimiento de apremio y en el remate, deben estimarse consentidas, y como el auto que manda requerir al ejecutado para el otorgamiento de la escritura de adjudicación, no es sino el resultado inmediato y directo de la situación procesal existente consentida por el demandado en el juicio hipotecario, es indudable que contra los mismos es improcedente el juicio de amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5819/37. " Fincas Urbanas de México", S. A. 7 de abril de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.