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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355849
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 601
FIADORES, AUTENTICIDAD DE LA FIRMA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 601
Del hecho de que el fiador haya estado ausente de la República, en la fecha en que aparece firmado un contrato de arrendamiento y en la en que aparece registrado el mismo documento en la Tesorería del Gobierno del Distrito, no puede deducirse forzosamente la falsedad de la firma del fiador, ya que éste pudo haber suscrito el documento antes o después de esa fecha, y aún en la misma, si se le remitió para ese efecto, al lugar en que se encontraba.
Precedentes
Amparo civil directo 2916/33. Pomar Ruiz José. 19 de abril de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Pérez Gasga. La publicación no menciona el nombre del ponente.