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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355860
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 645
ALBACEAS, SU PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 645
Si el quejoso en amparo fue removido de su cargo de albacea de una sucesión, en cuyo nombre ocurrió al juicio constitucional, la circunstancia de que hubiera pedido y obtenido la suspensión del acto, consistente en su remoción, no implica que haya continuado con la representación respectiva, si no otorgó la fianza fijada como requisito para que la suspensión surtiera efectos; motivo por el cual, en el caso no pueden tener aplicación las disposiciones de la ley común, relativas a la terminación del mandato y a las obligaciones que, en determinados casos, tiene el procurador, de seguir en su cargo, aunque haya terminado el contrato de procuración.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6142/35. Carrillo Cavero Luis, y sucesores. 19 de abril de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.