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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355884
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1043
SENTENCIAS DECLARATIVAS, SUS EFECTOS CON RELACION A TERCEROS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1043
Aun cuando los efectos de las sentencias declarativas, se retrotraen, en la generalidad de los casos, a la fecha en que se constituyó el derecho reconocido, la ejecución consiguiente sólo puede tener lugar entre las partes que litigaron y no con relación a terceros, pues para darles efectos legales contra éstos, sin violar las garantías consignadas en el artículo 14 constitucional, es indispensable intentar contra los mismos, la correspondiente acción, invocando como título, aquella sentencia.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7979/36. Deschamps Julio. 28 de abril de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.