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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355900
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1379
PAGARES, INEXISTENCIA DE LA FALSEDAD CIVIL DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1379
La circunstancia de que un pagaré no exprese la operación mercantil de que deriva, como lo requiere la fracción VI del artículo 546 del Código de Comercio, no implica la falsedad del contrato contenido en ese documento, porque dicha falsedad requiere la prueba legal de que la operación de que dimanó, no fue mercantil; pero ni lógica ni jurídicamente puede consistir en la ocultación de la operación efectuada, toda vez que el hecho de que el pagaré se encuentre extendido a la orden, lo constituye en acto de comercio, conforme a la facción XX del artículo 75 del propio ordenamiento, salvo la prueba de que se deriva de una causa extraña al comercio.
Precedentes
Amparo civil directo 4336/29. Santillana Francisco. 12 de mayo de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. La publicación no menciona el nombre del ponente.