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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355918
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1551
HERENCIA, NULIDAD DE LA ESCRITURA DE PARTICION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1551
No es jurídico involucrar en un litigio sobre nulidad de escritura y entrega de bienes, el problema que se suscite con motivo de la interpretación del testamento, que sólo puede hacerse dentro del juicio sucesorio y en el momento de celebrarse la partición, porque los efectos legales de la declaración de nulidad de la escritura de división y partición de bienes, son los de restituir las cosas al estado que tenían antes de ejecutarse al acto jurídico nulo, debiendo celebrarse, en consecuencia, una nueva división y partición, de acuerdo con la voluntad del testador, y en la cual habrá de aplicarse el testamento en debida forma.
Precedentes
Amparo civil directo 2506/37. Mejía de Calderón María. 7 de junio de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.