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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355930
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1741
POSESION, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1741
Si un contrato fue otorgado con posterioridad a la fecha de la demanda de garantías, tal hecho no puede ser apto para justificar la posesión derivada que alega el quejoso, ya que no puede sentarse el precedente de admitir pruebas constituidas con posterioridad a la situación jurídica del quejoso, en la época de los actos reclamados.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2574/37. García Rangel Abraham. 13 de junio de 1939. Mayoría de tres votos. El Ministro Luis Bazdresch no estuvo presente, por la razón que consta en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.