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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355934
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1958
REMATES, VENTA DE LAS COSAS OBJETO DE LOS, PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1958
Si no han prosperado las acciones intentadas por los nuevos adquirentes de un predio rematado en un procedimiento seguido en contra del quejoso en amparo, de hecho, ese procedimiento ha continuado entendiéndose con el mismo quejoso, sobre todo, cuando la interlocutoria que reclama recayó en un recurso de apelación interpuesto y seguido por el mismo, lo que quiere decir que ante la autoridad responsable aún no se ha operado la sustitución procesal consiguiente a la enajenación de los bienes rematados, circunstancia por la que debe reconocerse que el repetido quejoso tiene interés jurídico procesal bastante, para someter a la vía de garantías el fallo adverso al recurso ordinario que hizo valer, así como el interés jurídico sustancial de desvanecer el remate judicial de los predios que enajenó, a fin de mantener las traslaciones de propiedad que hizo, tanto por la conveniencia que en ellas pueda haber encontrado, como para quedar exento de la responsabilidad de evicción, que le impone la ley.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8841/38. Torres Elías L. 16 de junio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.