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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 355936
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1959
EMBARGO, EFECTOS DE LA REINSCRIPCION DEL, POR VIRTUD DE UNA EJECUTORIA DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1959
Si la reinscripción de un embargo obtenido por el acreedor, fue el resultado de una ejecutoria de amparo concedido contra la determinación que mandó cancelarlo, dicha reinscripción debe entenderse con efectos restitutorios de las cosas, al estado que tenía antes de decretarse la cancelación, de lo que se sigue que la prelación del indicado embargo, no está determinada por la fecha de la reinscripción, sino por la del primitivo registro.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8841/38. Torres Elías L. 16 de junio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.